El pasado 24 de julio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 cuya entrada en vigor aplicó a partir del día siguiente a la publicación.
Dentro de esta modificación hay cambios bastante significativos, que, de acuerdo con algunos sectores privados, podrían traer repercusiones para la inversión extranjera en nuestro país, a causa de la reducción de ciertos beneficios fiscales para las empresas certificadas en IVA e IEPS.
Algunas de las modificaciones son:
No se causará el Derecho de Trámite Aduanero cuando se trate de la importación de mercancías donadas al Fisco Federal.
Se actualiza la referencia de contar con correo electrónico para efectos del buzón tributario e indicar que se debe contar con los medios de contacto actualizados.
El pago anual de derechos será necesario para obtener y renovar el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en cualquier modalidad. Para tales efectos, se deberá informar del pago mediante escrito libre conforme a la regla 1.2.2. de las RGCE.
La solicitud para obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en cualquier modalidad se podrá negar cuando en la inspección inicial o previo requerimiento de la autoridad no se cuente con las instalaciones necesarias para llevar a cabo los procesos productivos, y adicionalmente no se podrá efectuar una nueva durante los 6 meses siguientes.
Se adiciona la figura del Almacén General de Depósito como parte de Socio Comercial Certificado, así como sus requisitos y beneficios.
Puedes leer los cambios, beneficios y otras disposiciones incluidas en: http://dof.gob.mx/2020/SHCP/1_RM_RGCE_2020.pdf
Si necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con nuestro servicio de consultoría.
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